Cuántas horas son media jornada: la tabla, el sueldo y lo que dice la ley
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Media jornada son 20 horas semanales si tu empresa trabaja 40. Al mes salen 86,7 horas y al año 1.040.
Pero ese número no lo dice ninguna ley. «Media jornada» no existe en el Estatuto de los Trabajadores: es la mitad de la jornada completa de tu empresa, y esa la fija tu convenio colectivo. Si en el tuyo la jornada completa son 37,5 horas, media jornada son 18,75.
Cuántas horas son media jornada al día, a la semana y al mes
| Jornada completa de tu empresa | Media jornada | Al día, en semana de 5 | Al mes | Al año |
| 40 h/semana | 20 h | 4 h | 86,7 h | 1.040 h |
| 37,5 h/semana | 18,75 h | 3,75 h | 81,2 h | 975 h |
| 35 h/semana | 17,5 h | 3,5 h | 75,8 h | 910 h |
El cálculo mensual es el que usan las nóminas: horas semanales × 52 semanas ÷ 12 meses. No es exacto, porque los meses no tienen todos los mismos días, pero es la referencia estándar.
Si lo que necesitas es sumar las horas de un mes concreto con sus turnos y sus descansos, tienes la calculadora de horas trabajadas.
«Media jornada» no existe en la ley: existe el tiempo parcial
Lo que regula el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores es el contrato a tiempo parcial: cualquiera cuya jornada sea inferior a la de un trabajador a tiempo completo comparable. Uno de 12 horas y uno de 35 son los dos a tiempo parcial.
«Media jornada» es la forma coloquial de llamar al que ronda el 50 %. Por eso no hay un número legal: hay un porcentaje sobre otra cifra que decide tu convenio. La comparación completa entre los dos términos, en jornada parcial.
Lo que sí exige la ley es que el contrato concrete las horas —al día, a la semana, al mes o al año— y cómo se distribuyen. Un contrato a tiempo parcial que no lo especifique es un problema para la empresa, no para ti.
Cuántas horas son jornada completa, que es de donde sale la cuenta
El máximo legal en España son 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, según el artículo 34 del Estatuto. Eso son 8 horas al día en una semana de cinco, 173,3 al mes y 2.080 al año.
🚩 Y aquí está el error que arrastra medio internet: la reducción a 37,5 horas no llegó a aprobarse. No hay ninguna norma en vigor que la imponga, ni un plazo de transición, ni una fecha de entrada en vigor. El máximo legal siguen siendo 40 horas.
| Jornada completa | Al día (5 días) | Al mes | Al año | Media jornada |
| 40 h — máximo legal | 8 h | 173,3 h | 2.080 h | 20 h |
| 38 h — banca y seguros | 7,6 h | 164,7 h | 1.976 h | 19 h |
| 37,5 h — habitual por convenio | 7,5 h | 162,5 h | 1.950 h | 18,75 h |
| 35 h — parte del sector público | 7 h | 151,7 h | 1.820 h | 17,5 h |
Muchos convenios ya fijan 37,5 horas o menos, y cuando lo hacen prevalecen sobre el máximo legal porque son más beneficiosos. Si trabajas 37,5 horas es por tu convenio, no por una ley nueva. El detalle está en cuántas horas tiene una jornada laboral completa.
Cuánto se cobra en media jornada
El salario es proporcional a las horas. El salario mínimo de 2026 es de 1.221 € al mes en 14 pagas para jornada completa, fijado por el Real Decreto 126/2026. Aplicando la proporción sobre una jornada completa de 40 horas:
| Horas/semana | % de la jornada completa | Mínimo en 14 pagas | Mínimo si se prorratean las extras |
| 20 h | 50 % | 610,50 € | 712,25 € |
| 25 h | 62,5 % | 763,13 € | 890,31 € |
| 30 h | 75 % | 915,75 € | 1.068,38 € |
| 32 h | 80 % | 976,80 € | 1.139,60 € |
Ese es el suelo, no lo normal. Si tu convenio fija un salario base superior al mínimo —y casi todos lo hacen—, la proporción se aplica sobre el salario de convenio.
Qué derechos tienes, y cuáles no se reducen
El artículo 12.4.d es explícito: los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos que los de jornada completa, y solo se reconocen «de manera proporcional» cuando corresponda por su naturaleza. Lo que se mide en dinero se reduce; lo que se mide en tiempo, no.
| Derecho | ¿Se reduce? | Cómo funciona |
| Vacaciones | No | 30 días naturales al año igual que a jornada completa. Lo que cambia es lo que cobras esos días |
| Salario y pagas extras | Sí | En proporción a las horas contratadas |
| Permisos retribuidos | No | Los mismos días por matrimonio, fallecimiento o mudanza |
| Prestación por baja | Sí | Se calcula sobre la base de cotización, que es proporcional |
| Antigüedad para la jubilación | No | Desde 2023 cada día trabajado a tiempo parcial cuenta como un día cotizado completo |
La antigüedad es el cambio más importante de los últimos años y casi nadie lo tiene actualizado: antes de 2023 existía un coeficiente de parcialidad que recortaba los períodos cotizados de quien trabajaba pocas horas, y penalizaba sobre todo a mujeres. Ya no se aplica.
Las horas extraordinarias están prohibidas
Es la regla que más se incumple y la que menos gente conoce. Un contrato a tiempo parcial no puede hacer horas extraordinarias, dice el artículo 12.4.c. La única excepción son las de fuerza mayor: prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes.
Si tu empresa te pide horas de más, o son horas complementarias pactadas por escrito, o no se pueden pedir. No hay una tercera opción, y llamarlas «horas extra» no las convierte en legales.
La diferencia completa entre unas y otras está en diferencia entre horas extras y horas complementarias.
Las horas complementarias, que son otra cosa
Son horas que se añaden a las contratadas, y hay dos tipos con reglas distintas:
| Pactadas | Voluntarias | |
| Tope | 30 % de las ordinarias, hasta el 60 % si el convenio lo amplía | 15 %, hasta el 30 % por convenio |
| En un contrato de 20 h | Hasta 6 h más, o 12 con convenio | Hasta 3 h más, o 6 con convenio |
| ¿Puedes negarte? | No, si las pactaste | Sí, y no es sancionable |
| Requisitos | Pacto por escrito y jornada de al menos 10 h semanales | Contrato indefinido y al menos 10 h semanales |
| Preaviso | 3 días, salvo que el convenio fije menos | Se ofrecen, no se imponen |
Se pagan como ordinarias, sin recargo, y cotizan igual. Eso significa que suben tu base de cotización y cuentan para las prestaciones futuras.
Y hay una salida que casi nadie usa: al año de firmar el pacto de horas complementarias puedes renunciar a él con quince días de preaviso si concurre alguna de las causas que fija la ley, como responsabilidades familiares o incompatibilidad con otro empleo.
El registro día a día, y qué pasa si la empresa no lo lleva
En tiempo parcial el registro de jornada tiene reglas propias y más estrictas que en jornada completa. El artículo 12.4.c obliga a registrar la jornada día a día y totalizarla cada mes, y a entregarte con la nómina un resumen de todas las horas del mes, ordinarias y complementarias. La empresa debe conservar esos resúmenes cuatro años.
🚩 Y la consecuencia de no hacerlo es la más dura de todo el artículo: el contrato se presume celebrado a jornada completa, salvo que la empresa pruebe lo contrario. No es una multa: es que tu contrato pasa a considerarse de 40 horas, con el salario que eso implica.
Por eso, en equipos donde conviven contratos completos y parciales, el cuadrante no es solo una cuestión de organización. Cómo se lleva el registro y qué tiene que incluir, en la guía del registro de la jornada; y repartir turnos respetando el máximo de cada contrato es justo lo que hace una herramienta de gestión de turnos.
Preguntas frecuentes sobre la media jornada
¿Media jornada son siempre 20 horas?
No. Son la mitad de la jornada completa de tu empresa, que fija el convenio. Con 40 horas semanales son 20; con 37,5, son 18,75. La ley no fija ningún número para el tiempo parcial.
¿Qué diferencia hay entre media jornada y jornada parcial?
Ninguna legal. «Tiempo parcial» es el término del Estatuto y abarca cualquier jornada inferior a la completa; «media jornada» es como se llama coloquialmente a la que ronda el 50 %.
¿Cuánto se cobra en media jornada en 2026?
El mínimo son 610,50 € al mes en 14 pagas para 20 horas semanales, la mitad del salario mínimo. Si tu convenio fija un salario base superior, la proporción se aplica sobre esa cifra.
¿Pueden hacerme horas extras a media jornada?
No. El tiempo parcial no puede realizar horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor. Lo que sí caben son horas complementarias, y solo si están pactadas por escrito.
¿Cuántas horas complementarias me pueden pedir?
Hasta el 30 % de tus horas ordinarias, ampliable al 60 % por convenio, y siempre con pacto escrito y tres días de preaviso. En un contrato de 20 horas son 6 horas más, o 12 si el convenio amplía el tope.
¿Las vacaciones se reducen por trabajar media jornada?
No. Son 30 días naturales al año igual que a jornada completa. Lo que se reduce es el salario de esos días, que es proporcional a tu jornada.
¿Puedo tener dos trabajos a media jornada?
Sí, salvo que alguno de los contratos tenga cláusula de exclusividad o haya concurrencia desleal. Cada empresa cotiza por separado.
¿Los años a tiempo parcial cuentan menos para la jubilación?
Ya no. Desde 2023 se eliminó el coeficiente de parcialidad y cada día trabajado cuenta como un día cotizado, sin importar cuántas horas tenga tu contrato.