Baja por maternidad y paternidad en 2026: 19 semanas, cómo se reparten y cómo pedirla
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Son 19 semanas por progenitor, no 16. Se ampliaron con el Real Decreto-ley 9/2025 y se cobran al 100 % de la base reguladora. En familias monoparentales son 32.
La cifra de 16 semanas circula por todas partes porque fue la vigente desde 2021, y sigue apareciendo en artículos y hasta en cartas de empresa. Está desactualizada.
Maternidad y paternidad son el mismo permiso
Legalmente ya no existen «la baja de maternidad» y «la baja de paternidad» como cosas distintas. Desde 2021 hay un único derecho, el permiso por nacimiento y cuidado de menor, idéntico para los dos progenitores: mismas semanas, mismo dinero y mismas reglas.
Los nombres antiguos se siguen usando en la calle, y por eso están en el título de esta guía, pero conviene saber que en el INSS y en cualquier trámite la prestación se llama de la otra forma.
Tampoco es una baja médica: no es incapacidad temporal sino una prestación distinta, y eso cambia quién la paga y cómo se pide.
Cuánto dura y cómo se reparten las semanas
| Tramo | Semanas | Cuándo se disfruta |
| Obligatorio | 6 | Ininterrumpidas y a jornada completa, justo después del parto, la adopción o el acogimiento |
| Flexible | 11 | En periodos de al menos una semana, hasta que el menor cumple 12 meses |
| Adicional | 2 | Hasta que el menor cumple 8 años. Se pueden pedir desde el 1 de enero de 2026 |
| Total por progenitor | 19 | 32 en familias monoparentales |
Las 6 primeras semanas no se negocian: son obligatorias para los dos progenitores y hay que cogerlas seguidas. Las 11 siguientes sí admiten reparto, y ahí es donde cada familia decide, con un preaviso de 15 días a la empresa.
El permiso es intransferible. Un progenitor no puede cederle sus semanas al otro. Es la diferencia de fondo con el régimen anterior a 2019 y la razón de que se equipararan.
Cuánto se cobra
El 100 % de la base reguladora, que se calcula igual que en una baja por contingencia común: la base de cotización del mes anterior dividida entre los días cotizados. No hay días de carencia ni porcentajes reducidos.
Lo paga la Seguridad Social directamente, no la empresa. Durante el permiso se sigue de alta y cotizando, así que ese tiempo cuenta para la jubilación y para el resto de prestaciones.
La prestación está exenta de IRPF, así que el importe neto es prácticamente igual al bruto. Es la razón de que muchos vean más dinero en la cuenta durante el permiso que trabajando.
Qué hace falta para cobrarlo
Estar afiliado y de alta, y tener un mínimo cotizado que depende de la edad:
| Edad al nacer el hijo | Cotización exigida |
| Menos de 21 años | Ninguna |
| Entre 21 y 26 | 90 días en los 7 años anteriores, o 180 en toda la vida laboral |
| Más de 26 | 180 días en los 7 años anteriores, o 360 en toda la vida laboral |
Quien no llegue a ese mínimo no se queda sin nada: existe un subsidio no contributivo para la madre biológica, de 42 días naturales desde el parto, ampliables en partos múltiples o familias numerosas.
Cómo se pide
La solicitud se presenta en el INSS, no en la empresa. A la empresa solo se le comunica, con 15 días de antelación.
Se hace por la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, Cl@ve o el sistema de vídeollamada, y hace falta el informe de maternidad del médico, el libro de familia o el certificado de nacimiento, el DNI y un certificado de empresa que esta envía por su cuenta.
El plazo para pedirlo es de 15 días desde el inicio del descanso. Presentarlo más tarde no lo pierde, pero se cobra solo desde los tres meses anteriores a la solicitud.
Vacaciones, autónomos y otros casos
Las vacaciones no se pierden. Si el permiso coincide con el periodo de vacaciones de la empresa, se disfrutan al terminar, aunque el año natural ya haya acabado. Lo mismo si caes de baja durante ellas: es doctrina consolidada.
Las autónomas tienen el mismo derecho, con las mismas 19 semanas y el mismo 100 %, calculado sobre su base de cotización. Hay que estar al corriente de pago de las cuotas.
El permiso de lactancia es aparte y se acumula: una hora diaria hasta los 9 meses, que muchos convenios permiten juntar en días seguidos al terminar el permiso por nacimiento. Lo cubrimos en permiso de lactancia.
Y no confundir con el permiso por nacimiento de 2 días que algunos convenios mantienen para el otro progenitor: eso es una mejora del convenio, no el permiso legal.
Qué implica para la empresa y para el cuadrante
Diecinueve semanas por progenitor, con once repartibles a lo largo de un año, son mucha ausencia planificable. Y esa es la palabra: planificable. A diferencia de una baja médica, aquí hay preaviso de 15 días y fechas conocidas de antemano.
Lo que suele fallar no es la ausencia larga sino el goteo de las semanas flexibles, que llegan de una en una durante meses. Tenerlas volcadas en el cuadrante desde el principio evita descubrirlas la semana anterior. Con una herramienta de planificación de turnos se ven todas las ausencias previstas del año sobre el mismo calendario.
La empresa no puede negar el permiso ni penalizarlo. Un despido durante el permiso o al volver es nulo salvo que se acredite una causa completamente ajena.
Preguntas frecuentes sobre la baja de maternidad y paternidad
¿Cuántas semanas son la baja de maternidad y de paternidad en 2026?
19 por progenitor: 6 obligatorias justo después del parto, 11 flexibles hasta que el menor cumple 12 meses y 2 más hasta que cumple 8 años. En familias monoparentales son 32. Las 16 semanas que aparecen en muchos sitios son la cifra anterior al Real Decreto-ley 9/2025.
¿Cuánto se cobra?
El 100 % de la base reguladora, sin días de carencia, y está exento de IRPF. Lo paga la Seguridad Social, no la empresa.
¿Puedo cederle mis semanas al otro progenitor?
No. El permiso es individual e intransferible. Es justamente lo que se buscaba al equiparar ambos permisos.
¿Dónde se solicita?
En el INSS, por la sede electrónica, dentro de los 15 días siguientes al inicio del descanso. A la empresa solo hay que comunicárselo, también con 15 días de antelación.
¿Qué pasa con mis vacaciones si coinciden con el permiso?
No se pierden. Se disfrutan al terminar el permiso, incluso si para entonces ya ha acabado el año natural.
¿Tengo derecho si no he cotizado lo suficiente?
Con menos de 21 años no se exige cotización. Por encima de esa edad, si no llegas al mínimo, la madre biológica puede acceder a un subsidio no contributivo de 42 días naturales desde el parto.
¿Es lo mismo que una baja médica?
No. Es una prestación distinta de la incapacidad temporal, con sus propias reglas y su propio trámite, aunque en la calle se llame «baja».