Control horario: Sanciones que puede tener tu empresa

sanciones ley control horario 08 enero 2023 María Alcaraz

Evitar sanciones relativas a una mala gestión del control horario es más que nunca, una realidad. La Ley de Control Horario no perdona. Si en tu empresa no se están registrando correctamente los horarios de entrada y salida de tu equipo seguramente estáis incurriendo en faltas que pueden pasar de leves a graves según su consideración. ¿En qué va a afectar esto a tu empresa? En la sanción a la que tendréis que hacer frente que no son ni de lejos, de broma.

Ley de control horario

Sobre la ley de control horario de mayo de 2019 ya hemos hablado largo y tendido (puedes leer más en este post) pero a grandes rasgos y para situarnos debemos saber que esta ley hace referencia al control horario que debemos hacer, de forma obligatoria, de los empleados de nuestras empresas. Ya no hay plazos, todo debe estar en marcha y en correcto funcionamiento para realizar el control horario tal y como predispone la ley. 

A partir de la entrada en vigor de la Ley publicada en el Boe el 12 de marzo de 2019, se estipulan los puntos de cómo debe hacerse el registro horario de la jornada laboral de todos los trabajadores que realicen su actividad en el territorio español. Es imprescindible en todos los casos (tanto si el empleado trabaja a jornada completa, parcial, ubicado en una oficina o deslocalizado) realizar un control horario de la jornada laboral y que además, quede reflejado correctamente. 

A día de hoy, lo más saludable es contar con un software de gestión de horarios y turnos de trabajo como Plain que ayude a monitorizar desde cualquier lugar, la actividad que se está realizando y los horarios de entrada y salida. 

Normas de la Ley de control horario

A grandes rasgos y reseñando lo más importante de esta ley, hay que tener en cuenta los siguientes puntos para no incurrir en faltas y problemas.

  • Registro laboral: diario incluyendo hora de entrada y de salida.
  • Es la empresa la que determina cómo realizar el registro dando instrucciones para su puesta en marcha. 
  • Tanto los trabajadores como el sindicato recibirán cada mes una relación de las horas extraordinarias y también las ordinarias (lo habitual) realizado por el equipo.
  • El registro de horas de trabajo estará a disposición siempre de una posible Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
  • Los registros de control horario deberán guardarse como mínimo, durante cuatro años. 

Sanciones por la incorrecta implementación de la nueva ley de control horario

Una vez pasado el día de implantación de la nueva ley de control horario, hay que estar ojo avizor para evitar caer en posibles sanciones. ¿Lo mejor? Conocerlas todas y qué consecuencias tienen para poder tomar medidas y hacer el proceso correctamente.

Tengamos en cuenta que en cualquier momento podemos recibir el aviso de inspección sobre este asunto y debemos poder acreditar todo el registro horario de nuestros empleados.

¿Qué ocurre si no lo tenemos correctamente hecho o hemos infringido de alguna manera lo que se exige? Que llegarán las sanciones y estas pueden ser:

Sanción LEVE

La Administración siempre empezando por abajo pero oye, que no es cualquier cosa. Al más mínimo fallo te va a poner una sanción considerada “leve” por ellos que implica un coste de 60 a 625 € según cada caso y la consideración del inspector.

¿Qué puede ocasionar una sanción leve? No haber informado a tus trabajadores y sus representantes de forma correcta de las condiciones laborales de tus trabajadores o que en el informe de registro de jornada laboral no aparezca la información adecuadamente.

Sanción GRAVE

Subimos de nivel y la cosa se recrudece. Si el inspector considera puede colocarte y castigar a tu empresa con una sanción grave cuya multa puede ir desde los 625 € hasta los 6.250 €.

¿Qué ha ocurrido para esto? Ante todo y sobre todas las cosas que en el informe de control horario aparezcan irregularidades en los horarios acordados con tus empleados o que estos hayan realizado horas extras que o bien no se han computado con vacaciones o no han sido abonadas.

Sanción MUY GRAVE

Y llegamos al punto álgido de las sanciones. Aquí ya seguramente tienes problemas y graves porque cuando nos imponen una sanción muy grave la multa puede llegar hasta los 187.515 € dependiendo del caso.

¿Qué hemos hecho para que pueda caernos una sanción de esta tipología? Cosas que también son de sentido común y que sabemos que no debemos hacer como que las horas extras han sido realizadas por un menor. Otro de los motivos por el que podemos caer en sanciones graves son no estar abonando de forma reiterada las horas extras (impagos) o retrasarnos varias veces. Todo esto se penaliza y fuertemente.

Ahora que ya conoces las posibles sanciones ligadas a esta nueva ley de control horario, evita por todos los medios que si te llega una inspección, te puedan sancionar de alguna manera. ¿Cómo? Implementa en tu empresa herramientas que te ayuden a realizar una gestión óptima del control horario. Plain está especialmente diseñada para ello. ¿Quieres probarla? Puedes hacerlo desde y además, ¡gratis!

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