Plus de nocturnidad: qué es, cuánto es y cómo se calcula (2026)

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Plus de nocturnidad

El plus de nocturnidad es la retribución específica que perciben los trabajadores nocturnos por trabajar en el periodo comprendido entre las 22:00 y las 06:00 horas. El artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores establece que estos trabajadores deben tener una retribución específica, pero no fija un porcentaje obligatorio: es el convenio colectivo quien determina el importe o el porcentaje.

Detalle
Periodo nocturno 22:00 a 06:00 horas (Art. 36.1 ET)
Quién es trabajador nocturno Quien trabaja al menos 3 horas en ese periodo de forma habitual, o al menos 1/3 de su jornada anual
Importe del plus Lo fija el convenio colectivo. El ET no establece un porcentaje mínimo
Alternativa al plus El convenio puede sustituirlo por reducción de jornada (Art. 36.2 ET)
Aparece en nómina Como complemento salarial, normalmente calculado sobre el salario base

 

Qué trabajadores tienen derecho al plus de nocturnidad

El artículo 36.1 ET define trabajador nocturno como aquel que realiza normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, o que se prevea que puede realizar no menos de un tercio de su jornada de trabajo anual en periodo nocturno.

Dos criterios, basta con cumplir uno:

Criterio diario. Trabajar al menos 3 horas entre las 22:00 y las 06:00 en la jornada habitual. Un turno de noche que empieza a las 22:00 y termina a las 06:00 cumple claramente. Un turno que empieza a las 21:00 y termina a las 01:00 también cumple (4 horas en periodo nocturno).

Criterio anual. Trabajar al menos un tercio de la jornada anual total en horario nocturno. Se aplica a trabajadores con turnos rotativos que no siempre hacen el turno de noche pero que en cómputo anual superan ese tercio.

No tienen derecho al plus los trabajadores en los que el convenio ya incorpora la nocturnidad al salario base — aunque en la práctica la mayoría de convenios sectoriales sí reconocen el plus de forma explícita.

Cuánto es el plus de nocturnidad por sector

El ET solo exige que exista una retribución específica. El importe lo determina el convenio colectivo de cada sector o empresa. Estos son los porcentajes más habituales:

Sector Plus habitual Base de cálculo
Hostelería 25% sobre salario base Convenio General de Hostelería
Sanidad (hospitales públicos) 20-30% según CCAA Convenio del SESCAM, SAS, SERGAS, etc.
Comercio 20-25% según convenio provincial Convenio sectorial de comercio por CCAA
Industria química 25% sobre salario base Convenio General de la Industria Química
Seguridad privada 20-25% + complementos Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada
Transporte de mercancías 25% sobre salario base Convenio General de Transportes
Administración Pública Variable según acuerdo Depende del convenio o acuerdo colectivo de cada administración

 

Si tu convenio no fija un porcentaje concreto, la empresa y los representantes de los trabajadores pueden acordarlo. En ausencia de acuerdo, se aplica la interpretación más favorable al trabajador según jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Cómo se calcula el plus de nocturnidad

La fórmula general es:

Plus de nocturnidad = (Salario base mensual / Horas mensuales contratadas) × Porcentaje del convenio × Horas nocturnas trabajadas en el mes

Ejemplo práctico: trabajador con salario base de 1.400 €, jornada de 160 horas mensuales, convenio que fija el plus en 25% y 80 horas nocturnas trabajadas en el mes:

Concepto Cálculo Resultado
Valor hora ordinaria 1.400 € / 160 horas 8,75 €/hora
Valor hora nocturna 8,75 € × 1,25 10,94 €/hora
Plus del mes (10,94 − 8,75) € × 80 horas 175,00 €
Total nómina base + plus 1.400 + 175 1.575 €

 

El plus aparece en la nómina como complemento salarial bajo el concepto ‘plus nocturnidad’ o ‘complemento nocturnidad’. En general no forma parte del salario base para el cálculo de horas extraordinarias, salvo que el convenio diga lo contrario.

Plus de nocturnidad en hostelería

El Convenio General de Hostelería establece un plus de nocturnidad del 25% sobre el salario base para las horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00. Es uno de los sectores con mayor claridad normativa en este punto.

Cuándo se aplica. A todos los trabajadores que realicen horas en ese periodo de forma habitual. En bares, restaurantes y hoteles con servicio nocturno, el plus afecta principalmente a los turnos de tarde-noche y a los turnos de noche completos.

Cómo aparece en nómina. Como ‘plus nocturnidad’ o ‘nocturnidad hostelería’, calculado sobre el salario base del grupo profesional que corresponda según las tablas salariales del convenio vigente.

Convenios provinciales. El Convenio General de Hostelería es el marco estatal, pero muchas provincias tienen convenio propio que puede mejorar ese 25%. Comprueba siempre el convenio provincial aplicable a tu empresa.

Plus de nocturnidad en sanidad

En sanidad el plus de nocturnidad varía según el servicio de salud de cada comunidad autónoma, ya que son los convenios de cada servicio autonómico los que fijan las condiciones:

Servicio de Salud Plus orientativo
SERMAS (Madrid) 20-25% sobre salario base
SAS (Andalucía) 25% sobre salario base
SESCAM (Castilla-La Mancha) 20% sobre salario base
Servei de Salut (Baleares) 25% sobre salario base
SERGAS (Galicia) 20-25% según categoría profesional

 

En enfermería y auxiliares de enfermería con turnos rotativos, el plus de nocturnidad puede suponer entre 150 y 300 € mensuales adicionales según la proporción de turnos de noche realizados en el mes.

Puede el convenio sustituir el plus por reducción de jornada

Sí. El artículo 36.2 ET permite expresamente que el convenio colectivo sustituya la retribución específica por una reducción de jornada equivalente. En la práctica, la mayoría de convenios optan por el plus económico, pero algunos sectores han negociado reducciones de jornada para el turno nocturno.

Si tu convenio opta por reducción de jornada, el trabajador nocturno trabaja menos horas que sus compañeros de turno diurno cobrando lo mismo. La equivalencia la fija el propio convenio.

Preguntas frecuentes sobre el plus de nocturnidad

¿Qué es el plus de nocturnidad? Es la retribución específica que perciben los trabajadores nocturnos por trabajar entre las 22:00 y las 06:00. Lo regula el artículo 36 ET, que obliga a que exista pero no fija un porcentaje: lo determina el convenio colectivo de cada sector.

 

¿Cuánto es el plus de nocturnidad? Depende del convenio colectivo. Los porcentajes más habituales están entre el 20% y el 25% sobre el salario base. En hostelería el Convenio General fija el 25%. En sanidad varía entre el 20% y el 30% según la comunidad autónoma. Si tu convenio no lo especifica, aplica el acuerdo entre empresa y representantes de los trabajadores.

 

¿Quién tiene derecho al plus de nocturnidad? Los trabajadores nocturnos según el Art. 36.1 ET: quienes trabajan al menos 3 horas diarias de forma habitual entre las 22:00 y las 06:00, o quienes realizan al menos un tercio de su jornada anual en ese periodo.

 

¿El plus de nocturnidad es obligatorio? Sí. El artículo 36.2 ET establece que los trabajadores nocturnos deben tener una retribución específica. La empresa no puede negarse a pagarlo si el convenio lo reconoce. Puede sustituirse por reducción de jornada equivalente si el convenio lo prevé, pero no puede eliminarse sin compensación.

 

¿Computa el plus de nocturnidad en las horas extraordinarias? Depende del convenio. En general, el plus de nocturnidad no forma parte del salario base para calcular el valor de la hora extraordinaria, salvo que el convenio diga expresamente lo contrario. Consulta las tablas salariales de tu convenio para verificarlo.

María Alcaraz
AutoraMaría Alcaraz

Rara y diferente. Esa soy yo. Desde que sé escribir, voy con un cuaderno y una pluma. Años más tarde, mi pasión la convertí en mi profesión y desde hace más de 18 años me dedico a generar contenidos y estrategias para marcas. Especialista en gestión laboral y recursos humanos, desde 2020 es la voz del blog de Plain, donde cubre normativa laboral española, planificación de turnos y gestión de personas. Diseñar el tono y la voz de Plain es uno de mis proyectos más divertidos. Hacer que nuestros ninjas aporten contenido de valor es su reto.

2 comentarios

  1. Isabel

    Hola buenas , si trabajas de Camarera de guardia de 16h a 12:00h , tienes derecho de plus de nosturnidad?.

  2. Isa

    Si vas entregando menajes por las habitaciones de un hotel haciendo camas ,llevando toallas…el contrato tiene que ser de camarera o te pueden poner auxiliar de limpieza de habitaciones

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