Hora extraordinaria: qué es, cuántas puedes hacer al año y cuánto se paga
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Una hora extraordinaria es cada hora que trabajas por encima de tu jornada ordinaria. El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores fija tres reglas: el tope son 80 al año, se pagan como mínimo al valor de la hora ordinaria y son voluntarias salvo pacto o fuerza mayor. En la nómina y en los cuadrantes las verás abreviadas como HHEE.
Lo que casi nunca se explica es la parte que decide si compensan hacerlas: cotizan al 28,30 % y no cuentan para la base reguladora de tu paro ni de tu jubilación.
Qué es una hora extraordinaria
Es hora extraordinaria toda la que se realiza sobre la duración máxima de la jornada ordinaria. Esa duración la fija tu convenio colectivo y, en su defecto, tu contrato. El techo legal es de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual (artículo 34.1 ET), aunque muchos convenios bajan a 37,5 o a 35.
«De promedio en cómputo anual» es el matiz que más discusiones ahorra: si tu convenio permite distribución irregular, una semana de 45 horas no genera horas extra por sí sola mientras el año cuadre. Lo que cuenta es el exceso sobre la jornada anual pactada, no el pico de una semana suelta.
| Hora ordinaria | Hora extraordinaria | Hora complementaria | |
| Contrato | Cualquiera | Jornada completa | Solo jornada parcial |
| Norma | Art. 34 ET | Art. 35 ET | Art. 12.5 ET |
| Tope | La jornada del convenio | 80 al año | 30 % de las contratadas (60 % por convenio) |
| Precio | El del convenio | Nunca menos que la ordinaria | Igual que la ordinaria |
| ¿Puedes negarte? | No | Sí, salvo pacto o fuerza mayor | No si firmaste el pacto |
Si tienes contrato a tiempo parcial, las horas de más que te pidan no son extraordinarias: el artículo 12.4.c del ET te prohíbe hacerlas salvo por fuerza mayor. Son horas complementarias, y solo si hay pacto escrito firmado.
Los tres tipos: voluntarias, por fuerza mayor y estructurales
El Estatuto solo distingue dos regímenes: las horas por fuerza mayor del artículo 35.3 y todas las demás. El tercer nombre, horas estructurales, no aparece en el ET: viene de la Orden de 1 de marzo de 1983 y hoy sobrevive en los convenios colectivos.
Son estructurales las horas necesarias por pedidos imprevistos, puntas de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias derivadas de la naturaleza de la actividad, cuando no pueden cubrirse con otra contratación. Es decir: previsibles como categoría, imprevisibles como fecha.
| Tipo | ¿Puedes negarte? | ¿Cuenta para el tope de 80? | Cotización adicional |
| Voluntarias | Sí, salvo pacto en convenio o contrato | Sí | 28,30 % |
| Por fuerza mayor | No | No | 14,00 % |
| Estructurales | Depende del convenio | Sí | 28,30 % |
La confusión habitual está en la tercera fila. Que tu convenio llame estructurales a unas horas no las saca del tope de 80 ni les da una cotización más barata. Esa distinción de cotización existió hace décadas; la orden de cotización vigente solo separa fuerza mayor del resto. Lo que sí puede hacer el convenio es declararlas obligatorias y fijarles un recargo propio.
Cuántas horas extraordinarias se pueden hacer al año
El máximo son 80 horas al año por persona (artículo 35.2 ET). Tres precisiones que cambian ese número:
Si tu jornada anual es menor, el tope baja en la misma proporción. Lo dice el propio artículo 35.2 para quien trabaja menos horas al año que la jornada general de la empresa. Con media jornada, tu tope no son 80 horas: son 40.
Las horas por fuerza mayor no computan. Las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes quedan fuera del tope y también de la jornada máxima, sin perjuicio de que se paguen como extraordinarias.
Las compensadas con descanso dentro de los cuatro meses tampoco. No es interpretación: el artículo 35.2 lo dice literalmente. Por eso a la empresa le interesa el descanso, y por eso tienes que llevar tu propia cuenta de lo que se compensa y cuándo.
Hay dos casos en los que el tope es cero. Los trabajadores nocturnos —los que hacen tres horas o más de su jornada diaria entre las diez de la noche y las seis de la mañana— no pueden realizar horas extraordinarias (artículo 36.1 ET). Los menores de 18 años, tampoco (artículo 6.3 ET).
Pasarse de las 80 es una infracción grave para la empresa, no para ti. Las consecuencias, las sanciones y qué puedes hacer están en el post sobre qué pasa si superas las 80 horas extras al año.
Cuánto se paga una hora extraordinaria
El artículo 35.1 ET fija un suelo y nada más: la cuantía en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria. El recargo por encima de ese suelo —el 25 %, el 50 %, el 75 % que se oyen por ahí— lo pone el convenio colectivo. Si tu convenio no dice nada, la hora extra se paga igual que la normal.
Para saber cuánto vale tu hora ordinaria: divide tu salario bruto anual, pagas extra incluidas, entre las horas de jornada anual de tu convenio. No lo calcules sobre el mes, que los meses tienen distinto número de días laborables y el resultado baila.
| Jornada anual del convenio | Hora ordinaria | Con recargo del 25 % | Con recargo del 50 % |
| 1.800 h | 11,67 € | 14,59 € | 17,51 € |
| 1.750 h | 12,00 € | 15,00 € | 18,00 € |
| 1.700 h | 12,35 € | 15,44 € | 18,53 € |
Las tres filas parten del mismo sueldo: 21.000 € brutos al año. La única diferencia es la jornada del convenio, y son 0,68 € por hora entre la primera fila y la tercera.
Cuánto te queda: cotización e IRPF
La retribución de las horas extraordinarias está sujeta a una cotización adicional propia, distinta del resto de tu nómina. Los tipos de 2026 los fija el artículo 5 de la Orden PJC/297/2026.
| Horas extraordinarias | Empresa | Trabajador | Total |
| Por fuerza mayor | 12,00 % | 2,00 % | 14,00 % |
| El resto | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % |
Y aquí está el dato que casi nadie cuenta: esa cotización adicional no es computable para determinar la base reguladora de las prestaciones. Lo dice la propia orden. Traducido: por muchas horas extras que hagas, no subirán ni tu paro ni tu pensión de jubilación ni tu incapacidad temporal.
En el IRPF no hay ninguna exención ni tipo especial. Las horas extra tributan como cualquier otra retribución del trabajo y engordan tu base, así que en años de muchas horas el tipo de retención puede subirte.
| Una hora extra con recargo del 25 % | Importe |
| Bruto | 14,59 € |
| Cotización a tu cargo (4,70 %) | −0,69 € |
| IRPF, con retención del 12 % | −1,75 € |
| Neto para ti | 12,15 € |
| Coste para la empresa (23,60 % encima del bruto) | 18,03 € |
La retención del 12 % es un ejemplo: la tuya depende de tu situación personal. Lo estable de la tabla es el 4,70 % y el hecho de que la empresa paga un 23,60 % adicional por cada hora, que es la razón económica por la que muchas prefieren darte el descanso.
Pagarlas o compensarlas con descanso: qué manda si no hay pacto
El convenio colectivo o, en su defecto, el contrato eligen entre abonarlas o compensarlas con tiempo equivalente de descanso retribuido. La regla que casi nadie conoce está en la última frase del artículo 35.1: en ausencia de pacto, las horas se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes. El descanso es el modo por defecto, no el pago.
Si esos cuatro meses vencen sin que hayas disfrutado el descanso, la empresa tiene que abonarlas. Los plazos, el cálculo y qué hacer cuando el descanso no llega están en el post sobre compensación de horas extras con descanso.
Son obligatorias las horas extraordinarias
No, salvo que las hayas pactado. El artículo 35.4 ET dice que la prestación de trabajo en horas extraordinarias es voluntaria, salvo que se haya pactado en convenio colectivo o en contrato individual, y siempre dentro del tope legal.
Conviene leer el convenio antes de dar por hecho que puedes negarte: muchos convenios sectoriales las declaran obligatorias hasta el límite legal, y en ese caso negarse puede acarrear una sanción disciplinaria.
Sí son obligatorias siempre las de fuerza mayor: las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Y no son posibles en ningún caso si eres trabajador nocturno o menor de edad.
A partir de cuántos minutos cuenta una hora extraordinaria
El ET no fija ningún mínimo de minutos, ni una tolerancia por debajo de la cual el exceso no cuente. Cada minuto trabajado de más sobre la jornada es tiempo de trabajo efectivo. Lo que varía es cómo lo computa cada empresa —por bloques de 15 o 30 minutos, o desde el primer minuto—, y eso lo fija el convenio o el acuerdo de empresa. El detalle, con los criterios que aplican los juzgados, está en el post sobre a partir de cuántos minutos se considera hora extra.
Cómo se registran y cómo aparecen en la nómina
El artículo 35.5 ET obliga a registrar la jornada día a día y a totalizarla en el periodo de abono de las retribuciones, entregándote copia del resumen en el recibo de salarios. Es decir: tus horas extras del mes tienen que llegarte con la nómina, no cuando las pidas.
A eso se suma el registro diario de jornada de toda la plantilla que impuso el RDL 8/2019, que la empresa debe conservar cuatro años y tener a disposición de la Inspección de Trabajo. Si no hay registro, la empresa tiene un problema para negar las horas que reclames.
En equipos a turnos es donde más horas se pierden: las coberturas de última hora, los cambios de turno y las prolongaciones de jornada se acumulan en sitios distintos y nadie lleva el total anual. Plain suma esas horas solas y avisa cuando alguien se acerca a su tope. Si quieres ver cómo queda el cómputo de un mes real con festivos, ausencias y turnos irregulares, la calculadora de horas trabajadas lo hace en una pantalla; y para entender la nómina donde aparecen, el post sobre qué es una nómina desglosa cada concepto.
Preguntas frecuentes sobre las horas extraordinarias
¿Qué significan las siglas HHEE? Es la abreviatura de «horas extraordinarias» que se usa en nóminas, cuadrantes y sistemas de fichaje. HHEE y horas extra son lo mismo; el ET solo emplea el término «horas extraordinarias».
¿Las horas extraordinarias suben la jubilación o el paro? No. Su cotización adicional no computa para determinar la base reguladora de las prestaciones, así que no mejoran tu pensión, tu paro ni tu baja. Solo aumentan el ingreso del mes en que se cobran.
¿Las horas estructurales cuentan para el límite de 80? Sí. El ET solo deja fuera del cómputo las de fuerza mayor y las compensadas con descanso en cuatro meses. Que el convenio las llame estructurales no las exceptúa ni les rebaja la cotización.
¿Cuánto se paga como mínimo una hora extraordinaria? El valor de tu hora ordinaria. El ET no obliga a ningún recargo: el 25 %, el 50 % o el 75 % salen del convenio colectivo, y si no dice nada, la hora extra se paga igual que la normal.
¿Puedo negarme a hacer horas extraordinarias? Sí, salvo que tu convenio o tu contrato las hayan pactado como obligatorias, o que sean por fuerza mayor. Si eres trabajador nocturno o menor de 18 años, no puedes hacerlas aunque quieras.
¿Qué hago si no me las pagan ni me las compensan? Reclamar por escrito a la empresa y, si no hay respuesta, denunciar ante la Inspección de Trabajo o demandar en el Juzgado de lo Social. Guarda tus propios registros de entrada y salida: el registro de jornada es de la empresa, pero la prueba te la puedes fabricar tú.